metapíxel

Seguro a bordo

Detalles de la cobertura:

Este seguro cubre a cualquier persona que navegue en la siguiente embarcación como tripulación permanente o tripulación temporal (participante), sin importar si tienen un contrato de trabajo, si se embarcan como voluntarios o si reservaron un viaje:

Nombre de la embarcación Atyla
Numero oficial 13775
Número de vela TS ESP 746
Número MMSI 224001900
GT / GRT 100
Bandera España

La Compañía de Seguros indemnizará al Asegurado contra las Responsabilidades, costos y gastos legales, en los que se incurra con respecto y solo en relación con la Operación del Buque Asegurado, y que surjan de Eventos que ocurran durante el Período del Seguro, de la siguiente manera:

 

SECCIÓN 1 - ENFERMEDAD, LESIÓN Y PÉRDIDA DE VIDA

La responsabilidad de pagar los daños o la indemnización por lesión, enfermedad o muerte, así como los gastos hospitalarios y médicos resultantes, cuando dicha responsabilidad surja durante el tiempo a bordo del Buque Asegurado. La cobertura se extenderá a la responsabilidad del Asegurado por los gastos funerarios, incluyendo los costes de envío a casa del ataúd o las cenizas, y los efectos personales de un miembro de la Tripulación fallecido.

 

SECCIÓN 2 - REPATRIACIÓN

Cobertura de los gastos de repatriación incurridos durante el tiempo de embarque como miembro de la tripulación.

 

SECCIÓN 3 - SUSTITUTOS Y DESEMPLEO DE LA TRIPULACIÓN

Cobertura de los gastos incurridos necesariamente en el envío de un sustituto o en la obtención o contratación y posterior repatriación de un sustituto para reemplazar a un miembro de la Tripulación, que haya muerto o quedado atrás como consecuencia de una enfermedad, lesión, deserción o cualquier otra causa, donde dichos gastos no podrían evitarse razonablemente. Los salarios sólo serán recuperables como parte de dichos gastos cuando sean pagaderos a un sustituto contratado en el extranjero mientras esperan o durante la repatriación. La cobertura bajo esta subsección se limita únicamente a un miembro de la tripulación identificado en la lista de la tripulación del buque asegurado en el momento del naufragio o pérdida total y a ninguna otra persona.

 

SECCIÓN 4 - EFECTOS PERSONALES

La responsabilidad de pagar la pérdida o el daño de los efectos personales pertenecientes a un miembro de la tripulación a bordo del buque asegurado durante su operación. No se efectuará ningún pago por robo o hurto de los efectos personales de la Tripulación y no habrá recuperación con respecto a dinero en efectivo, cheques, metales o piedras preciosas o raras, diamantes, obras de arte, antigüedades, objetos de valor o de naturaleza rara o preciosa.

 

SECCIÓN 5 - GASTOS DE DESVÍO

Cobertura de los costos de los cargos portuarios, gasoil, seguros, almacenaje, provisiones y salarios de la tripulación, pero excluyendo la pérdida de ganancias, alquiler o flete en los que incurra el Asegurado al desviar el buque asegurado a tierra u obtener atención médica para un enfermo o miembro lesionado de la tripulación.

 

Límites de la cobertura:

Cantidad máxima cubierta:
• 100.000.000 euros en cualquier accidente u acontecimiento, límite único combinado.
• Sublímite de 250.000 euros relacionado con cualquier reclamación bajo la jurisdicción de EE. UU. / Canadá, cualquier accidente u acontecimiento, límite único combinado.

 

Franquicia:

• 500 euros por reclamaciones de equipaje, por viaje.
• 1.500 euros en relación con todas las demás reclamaciones, cualquier accidente o suceso.
Si un siniestro da lugar a reclamaciones de diferente naturaleza, el conjunto de todas las reclamaciones estará sujeto a la franquicia más alta aplicable a cualquiera de dichas reclamaciones.

 

Condiciones de uso: (IMPORTANTE)

El P&I de Atyla está destinado a cubrir las operaciones del barco contra cualquier daño que puedan causar, esto incluye la responsabilidad de la tripulación profesional y sus acciones a bordo. Pero como el seguro nos da la oportunidad de incluir la misma cobertura para los participantes y los pasajeros, aprovechamos esa oportunidad.
Esto no significa que cualquiera pueda presentar una reclamación por cualquier problema que ocurra a bordo. El seguro debe usarse de manera responsable, y es por eso que incluye una franquicia (mencionada anteriormente).

Al aceptar la cobertura de nuestro seguro, y no contratar tu propio seguro para tu tiempo a bordo, está aceptando las siguientes condiciones:

1. En el caso de que la reclamación se genere por un accidente provocado por la persona que generó la reclamación, esa persona pagará la franquicia correspondiente.
2. En caso de que la reclamación sea generada por un accidente provocado por la tripulación profesional de Atyla (y asumido así por el capitán), Atyla Ship Foundation pagará la franquicia correspondiente.

IMPORTANTE: Si no quiere estar sujeto a estas franquicias, te recomendamos que contrates tu propio seguro de viaje. Por ejemplo, la aseguradora "TopSail Insurance" ofrece un seguro específico de viajes en gran velero que cuesta unos 31 euros por un viaje de 7-14 días.

 

Referencias y cómo generar una reclamación:

Dado que cualquier reclamación debe provenir del asegurado (Fundación Atyla Ship), para evitar el contacto directo de cualquier participante o pasajero no podemos incluir aquí nuestro certificado de seguro ni el texto completo de la póliza. Pero la compañía de seguros nos ha enviado este presupuesto como prueba del seguro:

"La cobertura del seguro descrita anteriormente es proporcionada por 100% Lloyd's Underwriters, con calificación A + (S&P), cuyos Términos y condiciones aplicables prevalecerán con respecto a su interpretación".

Si alguna vez necesitas generar una reclamación, debes hacerlo a través de nuestra tripulación o con un email a atyla@atyla.org y te pondremos en contacto con nuestra correduría para preparar el siniestro.